Además de lo anterior, para el caso que el recurrente pretenda el control del elenco
Además de lo anterior, para el caso que el recurrente pretenda el control del elenco probatorio en esta instancia y acuse errónea valoración de la prueba, como da a entender también en los incisos b), c) y d) del memorial de su recurso, éste debió fundar su recurso en el párrafo I) del art. 271 del Código Procesal Civil, señalando, si incurrió en error de derecho o en error de hecho y no acusar simplemente la falta de valoración de prueba, sino precisar de qué manera, cómo y por qué se incurrió en la falta de valoración de la prueba, especificando qué pruebas no se valoraron o se valoraron erróneamente y cuál sería la valoración correcta y cómo esta falta de valoración de la prueba incidió en la resolución final, toda vez que en principio la valoración de la prueba es una atribución exclusiva de los juzgadores de instancia, por tanto incensurable en casación que conoce el recurso de casación como acción extraordinaria de puro derecho y realiza el control del elenco probatorio, cuando el recurrente acomoda debidamente su agravio a los extremos descritos, aspectos que tampoco tuvo en cuenta el recurrente a tiempo de formular el recurso de casación
- Auto Supremo N° 397/2016-I
- Sucre, 31 de octubre de 2016
- Expediente: SC-SA.SAII-LP.446/2016
- Distrito: La Paz
- Que, tramitado el proceso laboral conforme a procedimiento, la Juez Cuarto de Trabajo y Segundad
- 1.2 Auto de Vista
- El demandado Norberto Vargas Cruz formuló el recurso de apelación de fs
- I.3 Recurso de Casación
- El referido auto de vista, motivó que el demandado Norberto Vargas Cruz, interponga el recurso
- Bajo el subtítulo de recurso de casación, señaló
- b) Violación e incumplimiento al párrafo I del art
- c) Violación al art
- d) Violación del art
- e) Violación e inobservancia al art
- f) Violación del art
- 1.3.1 Petición
- Concluyó indicando que estando demostrada de esta forma la violación a Normas Adjetivas y Sustantivas,
- 1.4 Respuesta al recurso de casación
- La demandante por memorial de fs
- CONSIDERANDO II: Requisitos que hacen a la admisión p Improcedencia del recurso de casación
- El art
- Lo anterior se sustenta, en que el recurso de casación se equipara a una nueva
- Las exigencias descritas tiene por finalidad que el recurrente debe considerar y tener presente que
- En cambio el recurso de casación en la forma busca anular determinadas actuaciones procesales en
- Además de las exigencias formales expuestas, el recurrente debe observar la exigencia de la cita
- II.1 Fundamento del cumplimiento y/o incumplimiento de los requisitos formales
- El cumplimiento de ¡as normas legales expuestas respecto al recurso de casación en la forma
- En ese contexto, del estudio y análisis del recurso de casación, cursante de fs
- En ese antecedente, se advierte que no tomó en cuenta que el recurso de casación
- Además de lo anterior, para el caso que el recurrente pretenda el control del elenco
- Finalmente si el recurrente pretendía denunciar la vulneración del debido proceso y buscaba la nulidad
- Consiguientemente, por los fundamentos expuestos se colige que el recurrente no cumplió en absoluto con
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
