CONSIDERANDO II
Que, es evidente que el auto de vista recurrido, pretende sobrepasar las disposiciones constitucionales, al pretender se reconozcan derechos en contra de la norma legal vigente, al respecto citó lo previsto en el art. 67 de la Constitución Política del Estado (CPE).
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido y confirme las Resoluciones Nº 687 y 348/15.
CONSIDERANDO II:
II. Fundamentos Jurídicos del Fallo
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido y confirme las Resoluciones Nº 687 y 348/15.
CONSIDERANDO II:
II. Fundamentos Jurídicos del Fallo
- Auto Supremo Nº 401/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.139/2016
- I.1.1.- Resoluciones emitidas por el SENASIR
- En grado de apelación interpuesta por el asegurado de fs
- Esta resolución originó que las representantes del SENASIR interpongan el recurso de casación en el
- Sostuvo que, del análisis y valoración de los datos del expediente se evidencia que, revisada
- Que, conforme establece el certificado de salario y densidad de aportes cursante a fs
- Que, a fs
- En este sentido se denunció como normativa mal aplicada por el auto de vista recurrido,
- CONSIDERANDO II
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, el asegurado, ha
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y la certeza de
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
