En este sentido se denunció como normativa mal aplicada por el auto de vista recurrido,
En este sentido se denunció como normativa mal aplicada por el auto de vista recurrido, los arts. 14 del DS Nº 27543, porque no realiza una correcta interpretación de este precepto, al no considerar que el mismo es claro al señalar que se procederá a la valoración de la documentación que cursa en el expediente a la fecha de publicación del Decreto Supremo aludido; también denunció mala aplicación del art. 48 de DS Nº 0822, porque en el caso particular el asegurado no cuenta con la documentación suficiente que acredite que habría aportado durante su permanencia laboral al sistema de reparto, siendo que la documentación que adjunta, si bien demuestra su relación laboral, no acreditó la realización de aportes
- Auto Supremo Nº 401/2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.139/2016
- I.1.1.- Resoluciones emitidas por el SENASIR
- En grado de apelación interpuesta por el asegurado de fs
- Esta resolución originó que las representantes del SENASIR interpongan el recurso de casación en el
- Sostuvo que, del análisis y valoración de los datos del expediente se evidencia que, revisada
- Que, conforme establece el certificado de salario y densidad de aportes cursante a fs
- Que, a fs
- En este sentido se denunció como normativa mal aplicada por el auto de vista recurrido,
- CONSIDERANDO II
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se constata que, el asegurado, ha
- Este análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y la certeza de
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los arts
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
