Por memorial presentado el 29 de junio de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 781/2016-RA
Sucre, 10 de octubre de 2016
Expediente: Santa Cruz 88/2016
Parte Acusadora: Carlos Zeballos Porcel
Parte Imputada: Raúl Terceros Mamani
Delito: Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de junio de 2016, cursante de fs. 189 a 193 vta., Raúl Terceros Mamani, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 37 de 17 de mayo de 2016, de fs. 174 a 177, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Carlos Zeballos Porcel contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 781/2016-RA
Sucre, 10 de octubre de 2016
Expediente: Santa Cruz 88/2016
Parte Acusadora: Carlos Zeballos Porcel
Parte Imputada: Raúl Terceros Mamani
Delito: Despojo
RESULTANDO
Por memorial presentado el 29 de junio de 2016, cursante de fs. 189 a 193 vta., Raúl Terceros Mamani, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 37 de 17 de mayo de 2016, de fs. 174 a 177, pronunciado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por Carlos Zeballos Porcel contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 29 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusado Raúl Tercero Mamani (fs
- c) Por diligencia de 22 de junio de 2016 (fs
- El recurrente asevera que al momento de plantear la apelación restringida, hizo notar el principal
- El acusador no ubica el momento del delito pero sí lo hace el Juez de
- Efectuando una transcripción de los fundamentos del Auto de Vista recurrido, afirma que él nunca
- Agrega, que los Vocales indican que el recurso de apelación no se encuentra fundamentado ni
- Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 366/2015-RRC, 047/2011 y 30 de 26 de enero
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el acusado, Raúl Terceros Mamani fue notificado
- En el recurso de casación que será analizado en dos partes, se advierte en la
- Al efecto, invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 366/2015-RRC y 047/2011 y 30 de
- Adicionalmente se advierte que los dos primeros Autos Supremos citados, no contienen doctrina legal alguna;
- En la segunda parte, el impugnante cuestiona que los Vocales de alzada erróneamente concluyeron que
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
