Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0816/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0816/2016-RRC

    Fecha: 21-Oct-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 30 de mayo de 2016, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 35/2015 de 19 de agosto (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Clemente Mamani Aruiza (fs
    • I.1.1.Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 574/2016-RA de 2 de agosto,
    • I.1.2.Petitorio
    • Pide se deje sin efecto el Auto de Vista recurrido, y se ordene se pronuncie
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
    • II.2. De la apelación restringida interpuesta por la recurrente
    • La acusada interpuso recurso de apelación restringida argumentado
    • 3) Como tercer agravio denunció, que la Sentencia se basaría en hechos inexistentes o
    • 1) Respecto a la vulneración de su derecho de la presunción de
    • 2) En relación a la denuncia de inobservancia o errónea aplicación de
    • 3) En cuanto, a que la Sentencia se basaría en hechos
    • Formulado el recurso de casación, corresponde analizar y resolver el recurso de casación admitido, en
    • El art
    • En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
    • Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
    • De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio, dentro del sistema
    • En ese contexto, se incurre en el defecto de la incongruencia omisiva (citra petita o
    • Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
    • La incongruencia omisiva quebranta el principio tantum devolutum quantum apellatum, así lo ha establecido la
    • Igualmente, refiere el procesalista Eduardo Couture, que: "El juez de la apelación conviene repetir, no
    • Lo anterior significa que el Tribunal de alzada debe dar respuesta fundamentada a todos y
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra al derecho a la defensa
    • Finalmente, el Auto Supremo 374/2013 de 20 de agosto fue emitido dentro de un proceso
    • Ahora bien, se observa que estos dos últimos precedentes son similares a la problemática traída
    • En definitiva se observa que el Auto de Vista recurrido, responde a los dos motivos
    • Por lo expuesto, la doctrina legal establecida por los Autos Supremos 411 de 20 de
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca