Auto Supremo AS/0851/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0851/2016-RA

Fecha: 31-Oct-2016

2) También denuncia que el Auto de Vista recurrido, no fue debidamente fundamentado, por cuanto


2) También denuncia que el Auto de Vista recurrido, no fue debidamente fundamentado, por cuanto no pretendió una revalorización de prueba en segunda instancia, sino lo que denunció en segunda instancia fue la errónea aplicación de la ley contemplada en el art. 370 inc. 5) del Código de Procedimiento Penal (CPP), con el argumento de que en la sentencia no existe la suficiente prueba y que la misma no fue debidamente valorada; sin embargo, el Tribunal de alzada omitió revisar la aplicación de la sana crítica, al no haberse establecido que su conducta sea dolosa y que hubiere provocado el daño conscientemente; por cuanto, a su criterio tubo que dictarse una sentencia absolutoria, reiterando que se habría aplicado de manera errónea los arts. 282 y 285 del CP. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 241 de 1 de agosto de 2005, 43 de 27 de enero de 2007 y 221 de 07 de junio de 2006