Teniendo presente lo expuesto la resolución motivo del recurso de casación en la forma, al
Teniendo presente lo expuesto la resolución motivo del recurso de casación en la forma, al ser la misma como emergencia de un recurso de apelación en el efecto diferido, no se encuentra inmersa dentro de las causales establecidas en el Art. 255 del CPC; deviniendo en improcedente su recurso de casación en la forma”, de lo que se concluye que contra una resolución que fue resuelta en apelación como consecuencia de una apelación en el efecto diferido, no procede recurso de casación bajo la óptica que se está revisando lo sustancial
- Partes: IMDECO IMPORT EXPORT S
- Proceso: Reivindicación, acción negatoria, desocupación y entrega de inmueble, resarcimiento de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Contra esta resolución el demandado Rubén Rondano Esquia interpuso recurso de apelación cursante de fs
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACION
- La parte demandante en su respuesta al recurso de casación indica que debe rechazarse el
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.1.- De la procedencia del recurso de casación
- Teniendo presente lo expuesto la resolución motivo del recurso de casación en la forma, al
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- De los antecedentes del proceso se evidencia que la Empresa demandante interpuso demanda de reivindicación,
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorario profesional en la suma de Bs. 1000
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Duran
