Al respeto la doctrina a través de José Luis Lacruz Berdejo, Francisco de Asis Sancho
Al respeto la doctrina a través de José Luis Lacruz Berdejo, Francisco de Asis Sancho Rebullida, Agustín Luna Serrano, Jesús Delgado Echeverria, Francisco Rivero Hernandez y Joaquin Rams Albesa, señalan: “Es desheredación la declaración expresa de un testador, de privar al legitimario de participar en su herencia, especificando que lo hace por haber incurrido éste en alguna de las causas taxativamente previstas por la Ley; todas ellas, infracciones graves contra la esfera moral o física (…) con repercusión en el orden o el honor…”. (Derecho de Sucesiones, Quinta Edición, José María Bosch Editor S.A.-Barcelona 1993, pág. 444); conforme este criterio vertido por la doctrina se tiene que aquellas conductas que de forma directa e indirecta afectan a la moral y honra de la causante a través de injurias e infamaciones también constituyen causales para la Desheredación, causal que se encuentra prevista en el numeral 1) del art. 1174 del Código Civil, con el siguiente tenor: “ OTROS MOTIVOS PARA DESHEREDAR A LOS DESCENDIENTES) Los motivos justos por los cuales se puede desheredar a los descendientes son, además: 1) Injuriar o infamar al padre o a la madre, gravemente, o haberles puesto manos violentas”, extremos que conllevaron -a la Juez- a la convicción de que el Testamento Abierto acompañado en calidad de prueba preconstituida a la pretensión de Oposición y Acción de Declaración Judicial de Desheredación formulada a fs. 16 y vta, reiterada a fs. 25 y vta. demostró que la desheredación de Ricela Quintana Eyzaguirre se halla fundada en una causal expresamente prevista por Ley
- Partes: Ricela Quintana Eyzaguirre c/ Berna Rosario Vargas Eyzaguirre y otra
- Proceso: Declaración de Contención en proceso Voluntario
- Distrito: La Paz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
- Por otra parte, con relación a la causa petendi de la reconvención señaló que la
- Resolución de Alzada que es recurrida de casación en el fondo por parte de
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- A su vez, arguye que no se ofreció testigos ni ningún elemento de hecho que
- Por lo anterior, refiere plantear recurso de casación en el fondo en previsión del art
- En el caso de autos, Julio Enrique Vidangos Ramírez en representación de Berna Rosario y
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La doctrina señala que: “El testamento es un acto cuya validez se vincula estrechamente
- A su vez los Testamentos llamados abiertos” se caracterizan porque el autorizante, en su
- La jurisprudencia de la ex Corte Suprema de Justicia ha orientado en el Auto Supremo
- Este Tribunal mediante Auto Supremo Nº 263/2013 de 23 de mayo, sobre la desheredación ha
- De lo anterior, se infiere que la desheredación, la declaración de indignidad y la revocación
- IV.-FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respeto la doctrina a través de José Luis Lacruz Berdejo, Francisco de Asis Sancho
- Lo anterior conduce que la pretensión de la recurrente no tiene asidero legal, al impetrar
- Lo expuesto precedentemente, conlleva que la Resolución de Alzada confirmó la Sentencia impugnada, fundando esa
- Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art. 220.II del Código Procesal Civil
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
