Auto Supremo AS/1217/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1217/2016

Fecha: 26-Oct-2016

ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación de fs. 1868 a 1874, interpuesto por María Denny Lotore Rosas y Wilder Ferman Guerrero Zabala contra el Auto de Vista de fecha 05 de agosto de 2015 de fs. 1855 a 1858 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de usucapión seguido por María Denny Lotore Rosas y Otro contra Presuntos Propietarios, el auto de concesión de fs. 1891, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Que, el Juez Décimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, pronunció Sentencia de fecha 07 de octubre de 2014, cursante de fs. 1793 a 1797, por el la declaro: “PROBADA LA DEMANDA DE Usucapión interpuesta por MARIA DENNY LOTORE ROSAS, según los memoriales saliente de fs. 2, fs.- 43 y vuelta, memorial de fs. 1487 a fs. 1498 y vueltas. 2.- se declara PROBADA la demanda reconvencional en parte solo en lo que respecta a la Nulidad de Transferencia y cancelación de las partidas subsiguientes al Derecho de JORGE MANSILLA, mantenidos la partida No. 654 del año 1982, con fecha de presentación 21/04/1982.-, Disponiéndose una vez ejecutoriada la presente sentencia; por una parte se proceda a ministrar posesión del bien inmueble ubicado en la U.V.4. Manzano 9, entre calle Oliden y Ballivian al MARIA DENNY LOTORE ROSAS; Por otra parte, procédase a la cancelación de las partidas computarizada No. 010305670 hoy matricula No. 7.01.1.99.0025298; y la partida computarizada No. 010171847; y la partida 010045603 presentado el 22/08/1987; para tal fin franquéese por secretaria el correspondiente testimonio