Auto Supremo AS/0404/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0404/2016

Fecha: 25-Nov-2016

Señala que, el argumento de desestimar la prueba documental de descargo carece de objetividad y

Manifiesta que, las certificaciones adjuntas como prueba de descargo para su eficacia probatoria no precisan que sea de una institución pública y/o privada como consideran el juez a quo y el tribunal ad quem, debido a que cualquier persona que realice una actividad laboral y/o de comercio, está facultada a certificar si fue o no trabajador y/o empleado una determinada persona, si realizo o no alguna clase de trabajo, si fue por cuenta propia o ajena.
Señala que, el argumento de desestimar la prueba documental de descargo carece de objetividad y vulnera el principio de verdad material previsto en el art. 180 de la Constitución Política del Estado (CPE)