Auto Supremo AS/0864/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0864/2016-RRC

Fecha: 03-Nov-2016

Se tiene como hechos probados que el señalado vehículo fue importado por UNICEF, registrándose en


Se tiene como hechos probados que el señalado vehículo fue importado por UNICEF, registrándose en el Municipio de La Paz, este motorizado físicamente paso al Municipio de Acasio, pero sin que se haya acreditado el derecho propietario suficientemente, no se tiene ninguna prueba que demuestre que el acusado fue mecánico y encargado del mantenimiento, en el señalado día en cumplimiento de una orden del hospital donde trabajaba fue a recoger a un paciente; asimismo, por declaración del procesado se establece que no realizó ningún informe escrito a sus superiores y haberlo hecho de manera verbal con el administrador del Hospital y Jefe Médico no es suficiente para darle crédito