Auto Supremo AS/0867/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0867/2016-RA

Fecha: 04-Nov-2016

En el segundo motivo de casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no


En el segundo motivo de casación, la recurrente denuncia que el Tribunal de apelación no se pronunció sobre la denuncia de falta de fundamentación en la sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria e invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 005 de 26 de enero y 214/2001, éste último sin fecha exacta; sin embargo, omite establecer con precisión, cuál la contradicción entre los precedentes invocados en relación a lo determinado en el Auto de Vista impugnado, conforme a la exigencia establecida en el art. 416 del CPP, para que este Tribunal, en virtud a la competencia que le asigna el art. 419 del CPP, con relación al art. 42 de la LOJ, en caso de ser evidente la denuncia efectuada, ingrese al análisis de fondo del recurso de casación y proceda a enmendar posibles errores y omisiones cometidas por el Tribunal de apelación, requisito ineludible para decretar la admisibilidad del recurso y que se constituye en una obligación que tiene trascendental importancia, pues desde ahí, partirá el análisis de contradicción a efectuarse en una resolución de fondo, sin que dicha exigencia quede cumplida con la simple glosa parcial del contenido de los precedentes como sucede en el caso de autos; por lo que el recurrente incurrió en una omisión que no puede ser suplida de oficio por esta Sala Penal