b)Contra la mencionada Sentencia, el querellante (fs
a)Por Sentencia 1/2015 de 3 de julio (fs. 174 a 176), el Juez de Partido y de Sentencia de Samaipata Provincia Florida del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Loy Bruno Ribera, absuelto de la comisión del delito de Daño Simple, previsto y sancionado por el art. 357 del CP, con costas contra el querellante.
b)Contra la mencionada Sentencia, el querellante (fs. 189 a 194), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 29 de 24 de marzo de 2016, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el citado recurso, motivando la interposición del recurso de casación que se resuelve en la presente resolución
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2016, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- b)Contra la mencionada Sentencia, el querellante (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 641/2016-RA de 23 de agosto, se extrae
- El recurrente denuncia que el Tribunal de alzada no cumplió con el deber de fundamentar
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- II.2. Del recurso de apelación restringida del querellante
- II.3 Del Auto de Vista impugnado
- III.1. Del recurso de casación
- Como una consideración previa, antes de ingresar a resolver la problemática planteada, mediante la labor
- De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
- En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
- III.2. Análisis del caso concreto
- Por los fundamentos expuestos, y por la naturaleza del recurso de casación que fue desarrollado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
