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    Auto Supremo AS/1255/2016-RI
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1255/2016-RI

    Fecha: 01-Nov-2016

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    • TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    • Sucre: 01 de noviembre de 2016
    • Partes: Edwin Elar Portugal León representado por Rafael Germán Encinas Ballón c/ Tito Secko Gonzáles
    • Proceso: Nulidad de transferencia de acciones y derechos por simulación
    • VISTOS: El recurso de casación de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • II.1.1.- Del plazo de presentación y de la Resolución recurrible
    • Respecto a este punto corresponde realizar las siguientes consideraciones de orden legal
    • II
    • III
    • Asimismo, el art
    • Por su parte el art
    • En relación a lo anterior, corresponde concretar que la uniforme línea Jurisprudencial asumida por éste
    • 2) Ahora bien, en relación al examen de admisibilidad corresponde señalar que la exigencia establecida
    • De lo analizado se infiere que el recurrente en una misma relación de hechos y
    • En esa confusión, la parte ahora recurrente tampoco vincula su denuncia a las causales de
    • Al margen de lo anterior, y de manera aclaratoria se debe señalar que la valoración
    • De lo examinado, se concluye la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos
    • II.2.- Respecto a la Adhesión de Tito Secko Gonzáles
    • En relación a lo anterior, se debe señalar que en la jurisprudencia desarrollada por este
    • De donde se infiere que la adhesión propiamente dicha, jurídicamente está reservada en apelación para
    • En la especie, una vez dictada la Sentencia, Tito Secko Gonzáles impugnó dicha Resolución de
    • Por los fundamentos expuestos, la “adhesión” de Tito Secko Gonzáles al recurso de casación de
    • Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por los
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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