Auto Supremo AS/1260/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1260/2016

Fecha: 07-Nov-2016

Como segundo motivo para revocar la Sentencia, el Tribunal de Alzada fundamentó que las a

Como segundo motivo para revocar la Sentencia, el Tribunal de Alzada fundamentó que las a documentales de fs. 73 a 79, no podrían ser ignorados, para llegar a la conclusión de que no existió posesión pacifica en el inmueble que reclama para sí la parte demandante; que ante la interrupción de la posesión y no contar la misma con las características de quietud, pacificidad corresponde aplicar lo dispuesto en el art. 136 del CC., criterio que también resulta errado ya que confunde los conceptos de interrupción y pacificidad, esto en función a que conforme se expuso en el punto III.3 de la doctrina aplicable la posesión pacifica es aquella que está exenta de violencia física y moral, es decir que no se haya empleado violencia para adquirirla o mantenerla, la pacificidad equivale al mantenimiento de la posesión sin necesidad del uso de una violencia indebida durante el tiempo de 10 años que la Ley establece para la usucapión decenal (art. 138 del CC.); y en obrados no existe prueba alguna que acredite que en el proceso no existió posesión pacífica