I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 432 a 437 vta., interpuesto por Tomás Mamani Quispe contra el Auto de Vista Nº 245/2016 de 8 de julio, cursante de fs. 429 a 430, pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en el proceso ordinario sobre reivindicación de propiedad, acción negatoria, deslinde y resarcimiento de daños y perjuicios seguido por Juan Alberto Cotrino Eguez y Benita Angélica De La Cruz de Cotrino contra el recurrente, la respuesta de fs. 439 a 440 vta., el Auto de fs. 441 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 74/2010 de 15 de abril, cursante de fs. 337 a 342 vta., que declaró probada la demanda principal en cuanto a la reivindicación, disponiendo se proceda previa presentación del plano de ubicación aprobado por la H. Alcaldía Municipal a la restitución de la fracción del terreno por parte del demandado dentro de 15 días de la ejecutoria del referido fallo, e improbada con respecto a la acción negatoria, deslinde y resarcimiento de daños y perjuicios, asimismo declaró improbada la demanda reconvencional interpuesto por el demandado Tomás Mamani Quispe
- Tomás Mamani Quispe
- y
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por el demandado, fue resuelto por Auto
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Asimismo haciendo referencia a la apelación contra la Sentencia señala que, de acuerdo a lo
- Agrega que, no se habría tomado en cuenta la ubicación del predio, ni las dudas
- Por otro lado refiere que, el Auto Supremo No
- Solicitando, se dicte Auto Supremo casando el Auto de Vista recurrido y la Sentencia de
- De la respuesta al recurso
- A su vez, se tiene la respuesta por parte de los demandantes, con los fundamentos
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III.- Análisis del recurso de casación
- Asimismo, si la intención fuera por el juicio anulatorio, tampoco menciona las vulneraciones
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- Finalmente, el recurrente efectúa un petitorio incompleto, pues si bien pide que se case el
- Por lo que, al no haberse dado cumplimiento con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
