Auto Supremo AS/1320/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1320/2016

Fecha: 23-Nov-2016

A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en

Es así que, cuando se plantea recurso de casación en el fondo lo que se pretende es que el Tribunal case el Auto de Vista impugnado en base a la correcta aplicación o interpretación de la norma sustantiva y resuelva el fondo del litigio; en cambio, cuando se plantea el recurso de nulidad o casación en la forma, lo que se pretende es la nulidad de obrados para la correcta aplicación de las normas procesales resguardando la garantía del debido proceso.”
Cuando el Ad quem no ingresó a considerar el recurso de apelación falta de agravios
A efectos de que el Tribunal de casación asuma una decisión anulatoria de obrados en caso de no haberse pronunciado por parte del Ad quem respecto a los agravios que se formulan en recurso de apelación, -de existir ellos-, señalando que no hubo expresión de agravios, le corresponde al impugnante demostrar que en su recurso de Alzada si hubo consignado la expresión de agravios y la trascendencia de los mismos, ante la no evidencia de ese aspecto en el recurso de casación, el recurso resulta infundado