Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990 y art. 52 del DS Nº 23215 de 22 de julio de 1992.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.
- La Agencia Nacional de Hidrocarburos a través de sus representantes legales, interponer recurso de casación
- En consideración de los fundamentos expuestos por el recurrente y del análisis de los antecedentes
- En ese sentido, la jurisprudencia enseña que en casación se plantean cuestiones de derecho y
- En ese sentido entrando a la cuestión de fondo del recurso interpuesto, la jurisprudencia emanada
- En ese entendido, se advierte que, la condición básica para que proceda el pago de
- Por consiguiente, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
