CONSIDERANDO II
La demandante por memorial de fs. 112, respondió el recurso de casación de la parte recurrente, señalando de manera puntual que el mismo no cumple con las exigencias previstas por el art. 258.2) del Código de Procedimiento Civil, ante lo cual solicitó se declare Improcedente, de conformidad al art. 272.2 del Código de Procedimiento Civil.
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS QUE HACEN A LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
CONSIDERANDO II:
REQUISITOS QUE HACEN A LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Auto Supremo Nº 001/2016-I
- Expediente: SC-CA.SAII-BNI.040/2016
- Distrito: Beni
- ANTECEDENTES DEL CASO
- I.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral conforme a procedimiento, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad
- Notificada la institución recurrente con el referido auto de vista, en fecha 11 de diciembre
- Bajo el subtítulo de Recurso de Casación en el fondo, refirió que fundamenta su recurso
- I.3.1 Petición
- I.4 Respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO II
- El art
- En ese marco, el recurso de casación tiene como función que el Tribunal Supremo de
- En efecto, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho,
- En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación en
- En cambio el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad anular determinadas actuaciones
- Además de lo expuesto, el recurrente debe observar la exigencia de la cita clara, concreta
- De lo expuesto, se advierte con claridad que el recurso de casación ya sea en
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
