De lo expuesto, se advierte con claridad que el recurso de casación ya sea en
II.1 FUNDAMENTO DEL CUMPLIMIENTO Y/O INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES.
De lo expuesto, se advierte con claridad que el recurso de casación ya sea en el fondo, en la forma o en ambos, condiciona su admisión a la interposición dentro del plazo previsto por la norma especial, art. 210 del Código Procesal del Trabajo, además del cumplimiento de los requisitos de procedencia ahora admisibilidad previstos por los presupuestos de los arts. 253, 254 con relación al art. 258.2 del Código de Procedimiento Civil (vigente a tiempo de la formulación del recurso) y del 271 con relación al 274 del Código Procesal Civil (en vigencia plena a partir del 6 de febrero de 2016), aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo y de la Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
De lo expuesto, se advierte con claridad que el recurso de casación ya sea en el fondo, en la forma o en ambos, condiciona su admisión a la interposición dentro del plazo previsto por la norma especial, art. 210 del Código Procesal del Trabajo, además del cumplimiento de los requisitos de procedencia ahora admisibilidad previstos por los presupuestos de los arts. 253, 254 con relación al art. 258.2 del Código de Procedimiento Civil (vigente a tiempo de la formulación del recurso) y del 271 con relación al 274 del Código Procesal Civil (en vigencia plena a partir del 6 de febrero de 2016), aplicables por mandato del art. 252 del Código Procesal del Trabajo y de la Disposición Transitoria Sexta del Código Procesal Civil (Ley Nº 439)
- Auto Supremo Nº 001/2016-I
- Expediente: SC-CA.SAII-BNI.040/2016
- Distrito: Beni
- ANTECEDENTES DEL CASO
- I.1 Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral conforme a procedimiento, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad
- Notificada la institución recurrente con el referido auto de vista, en fecha 11 de diciembre
- Bajo el subtítulo de Recurso de Casación en el fondo, refirió que fundamenta su recurso
- I.3.1 Petición
- I.4 Respuesta al recurso de casación
- CONSIDERANDO II
- El art
- En ese marco, el recurso de casación tiene como función que el Tribunal Supremo de
- En efecto, el recurso de casación se equipara a una nueva demanda de puro derecho,
- En virtud a lo expuesto, deberá tenerse en cuenta que el recurso de casación en
- En cambio el recurso de casación en la forma, tiene como finalidad anular determinadas actuaciones
- Además de lo expuesto, el recurrente debe observar la exigencia de la cita clara, concreta
- De lo expuesto, se advierte con claridad que el recurso de casación ya sea en
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº1178
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
