De lo señalado precedentemente, se evidencia que si bien existe identidad de sujetos, la causa
Por otra parte, la misma Empresa COMIBOL en fecha 3 de agosto de 2015, interpone contra la misma Empresa Minera Metalúrgica Potosí S.A., en la vía contenciosa cumplimiento de obligación bajo alternativa de resolución de contrato más pago de daños y perjuicios de las gestiones contadas desde el 1º de octubre de 2006 hasta julio de 2015, por tácita reconducción de los contratos de arrendamiento Nº GUC-DJ-622/97 de 19 de mayo de 2007 y contrato de 28 de julio de 1997.
De lo señalado precedentemente, se evidencia que si bien existe identidad de sujetos, la causa es la misma ya que está orientada al cumplimiento de una obligación por concepto de arrendamiento del Ingenio “Velarde” de sus maquinarias y daños y perjuicios, el objeto difiere por cuanto se persigue el pago de gestiones diferentes de las que ya fueron resueltas a través del anterior proceso civil, lo que desvirtúa la excepción planteada. En tal mérito, corresponde se declare improbada la misma
De lo señalado precedentemente, se evidencia que si bien existe identidad de sujetos, la causa es la misma ya que está orientada al cumplimiento de una obligación por concepto de arrendamiento del Ingenio “Velarde” de sus maquinarias y daños y perjuicios, el objeto difiere por cuanto se persigue el pago de gestiones diferentes de las que ya fueron resueltas a través del anterior proceso civil, lo que desvirtúa la excepción planteada. En tal mérito, corresponde se declare improbada la misma
- Posteriormente, por memorial de fs
- Corridas en traslado las excepciones, merecieron las respuestas contenidas en el memorial de fecha 23
- En lo que se refiere a la excepción de incompetencia, indica que ésta carece de
- Que, por su orden corresponde resolver las excepciones planteadas de la siguiente manera
- En ese contexto, corresponde DESESTIMAR la excepción previa de incompetencia
- Sobre la excepción perentoria de cosa juzgada, se manifiesta que si bien se ha
- De lo señalado precedentemente, se evidencia que si bien existe identidad de sujetos, la causa
- Regístrese, notifíquese y tómese razón
- Firmado
