Auto Supremo AS/0066/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0066/2016

Fecha: 04-Feb-2016

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 106 del Código Procesal Civil, ANULA obrados hasta fojas 121 (admisión de la demanda) sin reposición, disponiendo el archivo de obrados y salvando los derechos a la vía idónea llamada por ley, por ser la demanda objetivamente improponible conforme se tiene expuesto