Auto Supremo AS/0068/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0068/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

Argumentos que resultan suficientes para viabilizar la admisión del presente motivo; puesto que, se detalla


En el segundo motivo alega el recurrente, que a tiempo de interponer su recurso de alzada, reclamó que la Sentencia no valoró su personalidad, conforme exigen los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, no existiendo un apartado que realice la fundamentación sobre la imposición de la pena, pese a que en dicho fallo se reconoce que no se demostró que tenga antecedentes penales y menos sentencia ejecutoriada anterior al hecho acusado; así como que tampoco se consideraron los Autos Supremos invocados a tiempo de plantear su apelación restringida, como son el 144 de 11 de abril de 2002 y el 215/2013 de 12 de junio; denuncias que no merecieron consideración alguna y menos respuesta por parte de los Vocales, dejándole en completo estado de indefensión y contradiciendo lo estimado en el Auto Supremo 349 de 28 de agosto de 2006, que estaría referido -a decir del recurrente- a que en ningún fallo puede omitirse la fundamentación que justifique lo determinado en la parte dispositiva.

Argumentos que resultan suficientes para viabilizar la admisión del presente motivo; puesto que, se detalla expresamente cuáles son los extremos que se consideran contradijeron la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 349 de 28 de agosto de 2006, como es la insuficiente motivación en el fallo impugnado con relación a la fijación de la pena y a la falta de análisis de la personalidad del imputado. Por lo señalado, el presente motivo corresponde ser admitido ante el cumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP