De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular (fs. 14 a 16 vta.), y una vez concluida la audiencia de juicio oral, se pronunció la Sentencia 22/2014 de 13 de agosto (fs. 211 a 215), emitido por el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró a Gumercindo Machaca Peñaranda, autor de la comisión del delito de Giro de Cheque en Descubierto, previsto y sancionado por el art. 204 del CP, sancionándolo a la pena de reclusión de tres años y seis meses, mas multa de sesenta días a razón de Bs.- 10 (diez bolivianos) por día, con costas y daños a calificarse en ejecución de sentencia; y se lo absolvió por el delito de Giro Defectuoso de Cheque
- Por memorial presentado el 19 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el imputado Gumercindo Machaca Peñaranda, formuló recurso de apelación restringida
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- 2) De otro lado, afirma que tampoco se dio respuesta a su denuncia sobre la
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- En cuanto al primer agravio en el cual, el recurrente denuncia que no obstante haber
- Ahora bien, con relación a los demás Autos Supremos citados en el presente motivo, como
- Argumentos que resultan suficientes para viabilizar la admisión del presente motivo; puesto que, se detalla
- Consiguientemente, por las razones expuestas precedentemente, esta Sala se encuentra obligada a abrir su competencia
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
