De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En merito a las acusación particular y subsanado el mismo (fs. 2 a 3 y 11 a 12), desarrollada la audiencia de juicio oral, el Juez Tercero de Partido y Sentencia de la ciudad de El Alto del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Sentencia 07/2015 de 27 de abril (fs. 99 a 102 vta.), que declaró a la acusada Juana Renjifo Condori autora y culpable de la comisión del delito de despojo previsto y sancionado por el art. 351 del CP, condenándola a la pena de dos años de reclusión, con costas y reparación del daño. Asimismo se la absolvió de los delitos de Perturbación de Posesión y Daño Simple tipificados en los arts. 353 y 357 del CP, sin costas; por otra parte se le concedió el beneficio del Perdón Judicial
- Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista el 30 de octubre de
- De la revisión del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- En el presente caso, del análisis de los actuados procesales, se evidencia que el
- A lo referido se añade que en el recurso de casación reitera el incidente planteado
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de resolución judicial,
- Por consiguiente, la presentación extemporánea del recurso sumada a la forma inadecuada de su formulación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
