Auto Supremo AS/0069/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0069/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

El art


Por último, asevera que la apelación presentada no fue valorada, no obstante la invocación de preceptos constitucionales que hizo, haciendo alusión a que es titular del bien inmueble objeto de la Litis, así como Getulio Limachi, por lo que el Juez ad quem tenía que declinar competencia, al existir dos derechos propietarios, citando al efecto las Sentencias Constitucionales (SSCC) 0495/2012-CA de 27 de abril, 0001/2004 de 26 de febrero y 0846/2012 de 20 de agosto.

III.REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180. II de la CPE garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales como expresión de la determinación contenida en los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, correspondiendo a los sujetos procesales observar, a tiempo de interponer un recurso que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP