Auto Supremo AS/0079/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0079/2016-RA

Fecha: 10-Feb-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación particular (fs. 36 a 37 vta.), y una vez concluida la audiencia de juicio oral, se pronunció la Sentencia 014/2015 de 23 de marzo (fs. 470 a 484 vta.), emitida por la Jueza Quinta de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró al imputado Adalid Rivera Antezana absuelto de la comisión de los delitos de Despojo, alteración de Linderos y Daño Simple porque no se probó la acusación y la prueba aportada no es suficiente para generar convicción sobre la responsabilidad penal del imputado; y se lo declaró como autor de la comisión del delito de Perturbación de Posesión, previsto y sancionado por el arts. 353 del CP, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años, más costas, reparación de daños y perjuicios a imponerse en ejecución de sentencia.

b) Contra la referida Sentencia, el imputado Adalid Rivera Antezana, formuló recurso de apelación restringida (fs. 504 a 506 vta.), resuelto por Auto de Vista 66/2015 de 8 de octubre (fs. 531 a 534), pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedentes las cuestiones planteadas y confirmó la Sentencia apelada