Auto Supremo AS/0101/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0101/2016-RRC

Fecha: 16-Feb-2016

II.1.2. Apelación de Miguel, Marcelina, Juan Huchani Núñez y Natalio Quispe Mamani


Mediante recurso de apelación restringida, las acusadoras particulares denunciaron: a) Fundamentación contradictoria de la Sentencia y Valoración defectuosa de la prueba, afirmando haber presentado junto a la querella la documental que acreditaba el derecho propietario sobre los predios. Defecto previsto en el inc. 5) del art. 370 del CPP; b) Contradicción en la Sentencia, por señalar que la última parte de la declaración testifical prestada por Matilde Laura, misma que demostraba que las acusadoras siempre trabajaron los terrenos de Wila Wila, no era creíble ni objetiva, demostrando así la parcialización a favor de los sindicados, vulnerando el inc. 2) del art. 360 del CPP y constituyendo defectos previstos en los incs. 5 y 6) del art. 370 del CPP. De igual manera, sobre la declaración de Lidia Huchani, la Sentencia estableció que las querellantes estuvieron en posesión del inmueble desde niñas; empero, contradictoriamente concluyó que las mismas no estuvieron en posesión el día de los hechos, ni demostraron haber efectuado sembradíos ni pastoreo de ganado, excluyendo las tomas fotográficas ofrecidas como pruebas, demostrando una vez más su parcialización a favor de los imputados. Refirió también que con las pruebas fotostáticas excluidas y los documentos de acuerdo transaccional ofrecidos como prueba, se demostró la comisión de los delitos perseguidos.

II.1.2. Apelación de Miguel, Marcelina, Juan Huchani Núñez y Natalio Quispe Mamani