POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
En consecuencia no se evidencia que el Juez de la causa haya denegado incorrectamente el recurso de casación interpuesto.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42.I inc. 4) de la Nueva Ley del Órgano Judicial, declara ILEGAL, el Recurso de Compulsa interpuesto por; Euda Eulalia Condori Choque
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución conferida por el art. 42.I inc. 4) de la Nueva Ley del Órgano Judicial, declara ILEGAL, el Recurso de Compulsa interpuesto por; Euda Eulalia Condori Choque
- Partes Euda Eulalia Condori Choque c/ Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental
- Expediente: O-4-16-Com
- Distrito: Oruro
- De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas se llega a establecer
- Determinación que fue impugnada vía Recurso de Casación, por Euda Eulalia Condori Choque, mediante su
- Recurso que fue negado en su concesión mediante Auto N° 131/2015 de fecha 29 de
- Conforme con la previsión del art
- En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
- Que, del análisis del Recurso de Compulsa, se establece que los recurrentes fundamentan la negativa
- Y tal como ha referido el Tribunal Ad quem la ahora recurrente ha sido notificado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.-
