Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0106/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0106/2016

    Fecha: 04-Feb-2016

    Recurso que fue negado en su concesión mediante Auto N° 131/2015 de fecha 29 de

    Recurso que fue negado en su concesión mediante Auto N° 131/2015 de fecha 29 de diciembre cursante a fs. 41, resolución contra la cual la ahora anunciante ha interpuesto anuncio de compulsa cursante a fs. 48 a 49 vta., y que la misma se apersona ante este Tribunal Supremo de Justicia por memorial de fs. 57 del cuadernillo de compulsa, mismos que se pasa resolver
    • Partes Euda Eulalia Condori Choque c/ Vocales de la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental
    • Expediente: O-4-16-Com
    • Distrito: Oruro
    • De la revisión de los datos que cursan en fotocopias legalizadas se llega a establecer
    • Determinación que fue impugnada vía Recurso de Casación, por Euda Eulalia Condori Choque, mediante su
    • Recurso que fue negado en su concesión mediante Auto N° 131/2015 de fecha 29 de
    • Conforme con la previsión del art
    • En este marco normativo, la competencia del Tribunal Supremo al momento de resolver la compulsa
    • Que, del análisis del Recurso de Compulsa, se establece que los recurrentes fundamentan la negativa
    • Y tal como ha referido el Tribunal Ad quem la ahora recurrente ha sido notificado
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
    • En aplicación del art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase.-

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca