I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 137/2016
Sucre: 19 de febrero 2016
Expediente: LP-63-15-S
Partes: Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra c/ Álvaro Sigfrido Munguía
Becker
Proceso: Nulidad de Declaratoria de Herederos.
Distrito: La Paz
VISTOS: el recurso de casación de fs. 1172 a 1178 interpuesto por Álvaro Sigfrido Munguía Becker, contra el Auto de Vista Nº S-433/2014 de 03 de diciembre, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso ordinario Nulidad de Declaratoria de Herederos seguido por Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra contra Álvaro Sigfrido Munguía Becker, cuyo objeto del proceso es: “la invalidez del testimonio de declaratoria de herederos de Álvaro S. Munguía con la consiguiente cancelación de su registro en Derechos Reales y el pago de los daños que le hubiese que se le hubiese ocasionado el accionar del demandado”, la concesión del recurso de fs. 1185, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital - La Paz, mediante Sentencia Nº 241/2012 de 26 de noviembre, cursante a fs. 458 a 462 y vta., declaró: IMPROBADA la demanda de fs. 10 – 13, subsanada a fs. 15 y vta., 16, 44 y vta., 47 y vta., interpuesta Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 137/2016
Sucre: 19 de febrero 2016
Expediente: LP-63-15-S
Partes: Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra c/ Álvaro Sigfrido Munguía
Becker
Proceso: Nulidad de Declaratoria de Herederos.
Distrito: La Paz
VISTOS: el recurso de casación de fs. 1172 a 1178 interpuesto por Álvaro Sigfrido Munguía Becker, contra el Auto de Vista Nº S-433/2014 de 03 de diciembre, pronunciado por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso ordinario Nulidad de Declaratoria de Herederos seguido por Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra contra Álvaro Sigfrido Munguía Becker, cuyo objeto del proceso es: “la invalidez del testimonio de declaratoria de herederos de Álvaro S. Munguía con la consiguiente cancelación de su registro en Derechos Reales y el pago de los daños que le hubiese que se le hubiese ocasionado el accionar del demandado”, la concesión del recurso de fs. 1185, los antecedentes del proceso; y
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital - La Paz, mediante Sentencia Nº 241/2012 de 26 de noviembre, cursante a fs. 458 a 462 y vta., declaró: IMPROBADA la demanda de fs. 10 – 13, subsanada a fs. 15 y vta., 16, 44 y vta., 47 y vta., interpuesta Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Deducida la apelación por el demandado y remitida la misma ante la instancia competente, la
- En tal entendido refiere que en el considerando de la Resolución apelada, primer párrafo el
- Citando a tal efecto, la S
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Que no podría determinarse la nulidad sin existencia de una ley especifica que así la
- Que el Tribunal de Alzada no argumentaría cual la contradicción o lo que no guardaría
- Que la Sentencia de primera instancia se pronunciaría sobre todas las pretensiones deducidas en la
- Que se debió tomar en cuenta que para la demanda de nulidad de declaratoria de
- Que la actora haría alusión de la existencia de fraude procesal en la tramitación del
- Que el fundamento del Tribunal de Alzada no sería evidente porque en el décimo párrafo
- En cuanto a las pretensiones de la nulidad de la inscripción en derechos reales y
- Por lo que Solicita al Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto de Vista recurrido
- Con relación a la respuesta al recurso de casación la actora señalo
- Que no sería cierto que las autoridades recurridas no habrían fundamentado la Resolución de
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Así también la jurisprudencia de este Supremo Tribunal ha orientado en el Auto Supremo Nº
- IV.- FUNDAMENTACION Y APLICACIÓN AL CASO DE AUTOS
- Sin embargo, de la revisión del recurso de apelación de fs
- Por otra parte, se tiene que el recurso de apelación cumple con lo dispuesto por
- En tal entendido, la falta de motivación y fundamentación o la incongruencia no acusadas por
- Con relación a los reclamos en el fondo que el recurrente expone en su recurso
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- Siendo excusable el error en que han incurrido los Vocales de la Sala Civil Cuarta
- Cumpliendo lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Duran
