En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito relacionado al plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta, que el 24 de diciembre de 2015, fue notificada con el Auto de Vista impugnado, presentando su recurso de casación el 4 de enero de 2016 -considerando que el 25 de diciembre de 2015 y el 1 de enero de 2016 son feriados nacionales-; es decir, dentro del plazo de los cinco días que establece la ley
- Por memorial presentado el 4 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia la imputada, formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificada la recurrente con el referido Auto de Vista, el 24 de diciembre de
- Del memorial de fs
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Dicho entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Solamente ante el cumplimiento de estos presupuestos de flexibilización el Tribunal Casacional podrá ingresar al
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Ahora bien, la recurrente denuncia que, el Tribunal de alzada, ante el recurso de apelación
- No obstante de lo anterior, este Tribunal advierte que el recurrente fundamentó la vulneración a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
