En ese sentido, se advierte que la empresa recurrente denunció la violación de los arts
En ese sentido, se advierte que la empresa recurrente denunció la violación de los arts. 90, 236 y 254. 1) del CPC, por aplicación indebida y errónea de los arts. 219 y 227 del CPC, 205 del CPT y 122 de la CPE; en consecuencia, el recurrente cumplió con los requisitos exigidos por el art. 274.3 del NCPC-2013
- CONSIDERANDO I
- En ese contexto, la Ley N° 719 de 6 de agosto de 2015, modificó la
- Que, de la revisión del recurso de casación en la forma y en el fondo
- Por otra parte, en relación al numeral 3 del art. 274 del CPC
- En ese sentido, se advierte que la empresa recurrente denunció la violación de los arts
- En ese mismo sentido, de la lectura integral del recurso de casación en el fondo,
- Del mismo modo, acusa violación e interpretación errónea de los arts
- Por lo señalado, queda claro que el recurso de casación en la forma y en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
