En el caso presente, se debe tener presente que independientemente a que el demandado haya
En desarrollo de la norma constitucional supra citada el DL No 2941 de 29 de enero de 1952, que en su art. 2 señala “Para la contratación colectiva o individual de personal docente destinado a los establecimientos particulares de enseñanza, se estipulará el pago de los haberes correspondientes a diez meses de año efectivo, dos de vacaciones y uno de aguinaldo, o sea un total de trece meses”.
En el caso presente, se debe tener presente que independientemente a que el demandado haya gozado de su vacación, conforme a la Ley, le asiste el derecho a recibir el pago de los 13 sueldos establecidos por el citado DL 2941, por cuanto el pago de tal concepto no supone sustitución del derecho de ejercer materialmente el descanso, pues debe tenerse presente que conforme al art. 2 del DS 3150 de 19 de agosto de 1952 “Durante todo el tiempo que duren las vacaciones, los empleados y trabajadores, percibirán el cien por ciento de sus sueldos y salarios”
En el caso presente, se debe tener presente que independientemente a que el demandado haya gozado de su vacación, conforme a la Ley, le asiste el derecho a recibir el pago de los 13 sueldos establecidos por el citado DL 2941, por cuanto el pago de tal concepto no supone sustitución del derecho de ejercer materialmente el descanso, pues debe tenerse presente que conforme al art. 2 del DS 3150 de 19 de agosto de 1952 “Durante todo el tiempo que duren las vacaciones, los empleados y trabajadores, percibirán el cien por ciento de sus sueldos y salarios”
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- I. 1. 1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso por pago de beneficios sociales seguido por Alexi Martínez Gutiérrez, la
- I. 1. 2. Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación, concedido mediante Auto de concesión de recurso de apelación a
- Agrega que el régimen de la vacación se encuentra establecido en el DS Nº 17288
- Concluye el recurso, pidiendo se conceda el recurso de casación en el fondo, declarando infundado
- Juan Martínez Fernández en representación de Alexi Martínez Gutiérrez, absuelve el traslado y se adhiere
- Asimismo pide se tome en cuenta la solicitud de reajuste del reintegro de sueldos, aguinaldos
- Además la cancelación de incrementos de sueldos retenidos por el lapso de dos años del
- Asimismo señala que no se aplica la prescripción toda vez que la parte demandada confiesa
- II.Fundamentos jurídicos del fallo
- Analizado el contenido del recurso, las normas acusadas como infringidas y los antecedentes contenidos en
- En principio cabe señalar que el art
- En el caso presente, se debe tener presente que independientemente a que el demandado haya
- En consecuencia con los principios de la legislación laboral el Tribunal de Alzada motivó el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
