Interpuesto el recurso de apelación, concedido mediante Auto de concesión de recurso de apelación a
Interpuesto el recurso de apelación, concedido mediante Auto de concesión de recurso de apelación a fs. 285 vta., la Sala Contenciosa Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba resuelve el recurso mediante Auto de Vista Nº 253/2014 de 5 de noviembre, cursante de fs. 324 a 327, confirmando la Sentencia apelada, con modificaciones en el cálculo de los beneficios sociales
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- I. 1. 1. Sentencia
- Que, tramitado el proceso por pago de beneficios sociales seguido por Alexi Martínez Gutiérrez, la
- I. 1. 2. Auto de Vista
- Interpuesto el recurso de apelación, concedido mediante Auto de concesión de recurso de apelación a
- Agrega que el régimen de la vacación se encuentra establecido en el DS Nº 17288
- Concluye el recurso, pidiendo se conceda el recurso de casación en el fondo, declarando infundado
- Juan Martínez Fernández en representación de Alexi Martínez Gutiérrez, absuelve el traslado y se adhiere
- Asimismo pide se tome en cuenta la solicitud de reajuste del reintegro de sueldos, aguinaldos
- Además la cancelación de incrementos de sueldos retenidos por el lapso de dos años del
- Asimismo señala que no se aplica la prescripción toda vez que la parte demandada confiesa
- II.Fundamentos jurídicos del fallo
- Analizado el contenido del recurso, las normas acusadas como infringidas y los antecedentes contenidos en
- En principio cabe señalar que el art
- En el caso presente, se debe tener presente que independientemente a que el demandado haya
- En consecuencia con los principios de la legislación laboral el Tribunal de Alzada motivó el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
