Auto Supremo AS/0165/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0165/2016-RRC

Fecha: 07-Mar-2016

II.3. Del Auto de Vista impugnado


Contra la referida Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida, basado en el argumento de que el Tribunal de Sentencia al momento de emitir su fallo incurrió en los siguientes defectos: i) Inobservancia o errónea aplicación de la ley, previsto en el art. 370 inc. 1) del CPP; ii) El imputado no esté suficientemente individualizado, previsto en el art. 370 inc. 2) del CPP; iii) Se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio o incorporados por su lectura en violación a las normas de este título, previsto en el art. 370 inc. 4) del CPP; iv) No exista fundamentación de la Sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria, aspecto previsto en el art. 370 inc. 5) del CPP; y, v) La Sentencia se base en hechos inexistentes o no acreditados o en valoración defectuosa de aprueba, previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP.

II.3. Del Auto de Vista impugnado