Auto Supremo AS/0168/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0168/2016

Fecha: 03-Mar-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en la forma de fs. 681 a 684 de obrados interpuesto por Percy Orellana Fuentes y Deysi Villarroel de Orellana, impugnando el Auto de Vista Nº 128 de 18 de marzo de 2015, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de individualización de derecho propietario, acción de nulidad, cancelación de matrícula, acción negatoria y pago de daños y perjuicios seguido instancia de Percy Orellana Fuentes y Deysi Villarroel de Orellana contra Jorge Vito Blacut Trigo, la respuesta del recurso de fs. 685, la concesión de fs. 687, los antecedentes del proceso y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia de fecha 8 de Octubre de 2014, cursante de fs. 649 a 651, por la cual declaró IMPROBADA en todas sus partes la demanda de fs. 53 a 56 y su aclaración y complementación de fs. 59 planteada por Percy Orellana Fuentes y Deysi Villarroel de Orellana y declaró PROBADA en todas sus partes la demanda reconvencional de fs. 842 a 491 planteada por Carlos Rodolfo Blacud Martínez en representación de Jorge Vito Blacud Trigo. En consecuencia declaró el mejor derecho propietario que tuviera Jorge Vito Blacud Trigo, sobre Percy Orellana Fuentes y Deysi Villarroel de Orellena, del inmueble zona Oeste U.V 52, Mza 78, Lote No 16 de 801.37, Mts2