También corresponde señalar que el art
También corresponde señalar que el art. 17 parágrafo III de la misma ley Nº 025 tiene el siguiente texto: “La nulidad sólo procede ante irregularidades procesales reclamadas oportunamente en la tramitación de los procesos…”, también exige que para fundar una nulidad procesal, el reclamo debe ser oportuno, este Tribunal ha entendido que la misma se la debe efectuar en forma inmediata al momento de haberse generado el vicio procesal
- Blacut Trigo
- Distrito: Santa Cruz
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la resolución de primera instancia Carlos Adolfo Blacud Trigo solicito complementación y enmienda, el
- Contra la mencionada resolución de Alzada los demandantes solicitaron complementación y enmienda, el mismo que
- II.-DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
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- Concluye su recurso solicitando anule obrados hasta el vicio más antiguo
- Con relación a la respuesta del recurso el demandado señalo
- Se quiere hacer creer que se habría causado indefensión a los recurrentes cuando por los
- Los recurrentes insisten en expresar que habría existido un juicio sin medios de prueba, mencionando
- Finalmente indican los recurrentes que el Auto de Vista al disponer la cancelación de la
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Conforme lo establecido por este Tribunal el art
- También corresponde señalar que el art
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- De lo referido se establece que, si bien es cierto que los recurrentes fueron citados
- Al respecto diremos que el art
- Por lo indicado concluiremos que, los Tribunales de instancia obraron conforme a derecho correspondiendo emitir
- POR TANTO
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
