Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mirko Ariel Villavicencio Vásquez, formuló recurso de apelación restringida,
II.2.Recurso de apelación restringida
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mirko Ariel Villavicencio Vásquez, formuló recurso de apelación restringida, bajo los siguientes argumentos:
Que el Tribunal de mérito incurrió en errónea aplicación de la norma sustantiva, al no haber considerado la existencia de atenuantes especiales y generales conforme lo dispuesto por los art. 37, 38, 39 y 40 del CP, y las cuales estarían reflejadas en el hecho de que al momento de la comisión del hecho ilícito, el imputado contaba con 16 años de edad, que se encontraba bajo la influencia de una sustancia que le hizo perder la razón al momento de los hechos, aspectos éstos que a decir del recurrente constituyen las atenuantes especiales; y, respecto a las atenuantes generales, no se había considerado que se hallaba impedido de reprimir el acto, porque se encontraba bajo influencia externa, su buen comportamiento anterior al hecho, no tener antecedente delictivo anterior, ser estudiante sobresaliente y excelente hijo, además del arrepentimiento que había demostrado durante todo el proceso y el juicio oral; inobservancia que a decir del recurrente, refleja que el A quo no tomó en cuenta el principio penal “indubio pro reo”
- 2) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mirko Ariel Villavicencio Vásquez (fs
- Del memorial de casación y el Auto Supremo 601/2015-RA de 11 de septiembre, de fs
- Por Auto Supremo 601/2015-RA de 11 de septiembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
- En el acápite II de la Sentencia impugnada, el Tribunal de Sentencia a tiempo de
- “(…) y durante el juicio se llega a establecer que la conducta del acusado Mirko
- El art
- (…) que de acuerdo al Certificado Médico Forense emitido por el Dr
- La convención sobre los Derechos del Niño aprobada en Nueva York el 20 de noviembre
- En conclusión la conducta del acusado Mirko Ariel Villavicencio Vásquez es típicamente antijurídica, culpable, punible
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Mirko Ariel Villavicencio Vásquez, formuló recurso de apelación restringida,
- III.1. Irretroactividad de la ley y su excepción
- El principio de seguridad jurídica reconocido por el art
- Al respecto el escritor Carlos Creus, en su obra Derecho Penal parte general, 2da edición,
- Es decir que el principio de legalidad y seguridad jurídica, se traduce en la irretroactividad
- III.2.Análisis del caso concreto
- En el caso de autos, el recurrente reclama que el Tribunal de alzada no había
- Constatándose, que el Tribunal de alzada circunscribió su resolución, al motivo apelado por el imputado,
- Es decir, el motivo traído en casación no fue objeto de apelación, pese a que
- La referida omisión de aplicación de la norma legal más favorable, tampoco fue advertida por
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
