Con relación al primer motivo, en el que refiere la violación del derecho a la
Con relación al primer motivo, en el que refiere la violación del derecho a la defensa, la garantía del debido proceso y el principio de actividad procesal defectuosa, previstos en los arts. 6, 13, 20, 16, 167 y 169 inc. 3) 217, 307, 333, 342, 355, del CPP y 115, 116.I de la CPE, porque no existe una valoración técnica científica de los elementos que vinculen las pruebas con su participación en el hecho punible y estos aspectos reclamados no fueron motivo de análisis por parte del Auto de Vista
- Por memorial presentado el 31 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Omar Serrato Martínez, interpuso recurso de apelación restringida
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 3) Señaló la existencia de vicios de la Sentencia contraviniendo los previsto en el art
- Señala como precedente contradictorio el Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005 y
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Con relación al primer motivo, en el que refiere la violación del derecho a la
- Respecto del segundo motivo, referido a la infracción de los arts
- En cuanto al tercer motivo, señaló la existencia de violación de derechos y garantías constitucionales,
- En este motivo invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 444 de 15 de octubre
- Con relación a las Sentencias Constitucionales 2798/2010-R de 10 de diciembre, 144/2012 de 14 de
- Por otro lado, a tiempo de fundamentar la vulneración a sus derechos constitucionales identificó plenamente
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
