Auto Supremo AS/0202/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a) Por Sentencia 43/2013 (fs. 198 a 204), el Juzgado Octavo de Sentencia en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró al imputado Edwin Donald Vargas Callau, culpable de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previsto y sancionado por los arts. 345 y 346, ambos del CP, imponiéndole la pena de dos años de reclusión, más el pago de costas, que serán reguladas en ejecución de Sentencia; asimismo, al constatar que el imputado no contaba con antecedentes, en aplicación del art. 368 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se concedió en su favor el beneficio del Perdón Judicial