Refiere que el Tribunal de Sentencia, a momento de la deliberación y valoración de la
Refiere que el Tribunal de Sentencia, a momento de la deliberación y valoración de la prueba, realizó deducciones subjetivas que determinan que no se aplicó los principios de la recta razón, de la lógica, sobre todo el principio de la razón suficiente y de la experiencia común, siendo la decisión del tribunal “arbitrario, incoherente y contradictorio”, alejándose de las reglas mencionadas. Indica que el vicio de la Sentencia, es notorio en el Considerando VI que en el inc. a) hace mención al registro de un hecho de tránsito, copia del informe preliminar; y, que el inc. b) indica solamente la existencia de hechos materiales en los vehículos, aspecto que no se trató en el juicio, ya que el tipo penal aplicado, no tiene como elemento ese hecho
- Por memorial presentado el 15 de diciembre de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado Herbert Simón Guarachi Colque, interpuso Recurso de Apelación
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Argumenta que en la Sentencia, en el Considerando VI referido a los motivos de derecho
- 2) Defectuosa valoración de los medios de prueba incorporada a juicio
- Refiere que el Tribunal de Sentencia, a momento de la deliberación y valoración de la
- Argumenta que antes de la audiencia, su concubina había entregado mi dólares estadounidenses ($us
- Después de hacer referencia al informe técnico y a la velocidad que según las declaraciones
- 3) Falta de fundamentación de la sentencia
- Refiere que la Sentencia, adolece de fundamentación respecto a la prueba producida y valorada, además
- Invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 444 de 15 de octubre de 2005, citando
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 11 de diciembre de 2015, el
- En el análisis de los demás requisitos, se tiene
- El recurrente argumentó en sentido que en Sentencia no se realizó el proceso de subsunción,
- Consiguientemente, se advierte que el recurrente no señaló en términos claros y precisos la contradicción
- 2) Respecto a defectuosa valoración de los medios de prueba incorporado a juicio
- Al respecto, si bien es cierto que este precedente contradictorio fue invocado por el imputado
- 3) Respecto a falta de fundamentación de la sentencia
- Argumenta el recurrente que la Sentencia adolece de fundamentación respecto a la prueba producida y
- Al respecto, cita parte del referido Auto Supremo 444, argumentando que en ese precedente se
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
