En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la normativa penal, habida cuenta que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista recurrido el 15 de enero de 2016 como se evidencia en la diligencia de fs. 170, interponiendo el recurso de casación que es caso de autos el 25 del mismo mes y año; es decir, dentro de los cinco días hábiles que otorga la ley
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) El 15 de enero del 2016, conforme se observa en la diligencia de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, el recurso fue interpuesto dentro del plazo previsto por la
- Sobre los demás requisitos de admisibilidad, se observa que la recurrente acusa que, de manera
- Además, es preciso recordar que, conforme se desarrolló en el apartado III del presente Auto
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
