Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) Denuncia el recurrente que, la notificación realizada el 03 de enero de 2014 con el Auto de Vista hoy impugnado y Auto de 6 de enero de 2014, carece de las formalidades exigidas por ley, porque las fotocopias legalizadas no cuentan con la firma de la Secretaría de cámara, incumpliendo con lo dispuesto por el art. 1311 del Código Civil (CC), en vulneración del debido proceso, lo que constituiría defecto de conformidad al art. 127 tercer párrafo, 160, 163, 166 inc. 2) y 4), 168 del CPP
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial de recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Citando el contenido de las Sentencias Constitucionales 2081/2010-R de 10 de noviembre y 0588/2012
- 3) Argumenta que el Tribunal de alzada, a tiempo de resolver el motivo de apelación
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, en el primer motivo de
- En el tercer motivo de casación, el recurrente a tiempo de denunciar que el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
