Auto Supremo AS/0257/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0257/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

El art


A continuación trascribe el art. 292 del CPP, mencionando que la querellante actuó con deslealtad procesal, al ocultar el documento transaccional y presentar el recurso de casación.

Concluye solicitando que se anule el Auto de Vista recurrido, disponiendo la extinción de la acción penal privada y el archivo de obrados.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley, conforme a la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP