En el caso de Autos, se tiene que en lo absoluto la recurrente señala alguna
En el caso de Autos, se tiene que en lo absoluto la recurrente señala alguna posible vulneración en que hubiera incurrido el Auto de Vista recurrido, y por tanto, no explica la posible contradicción que existiría con los precedentes invocados conforme exige los arts. 416 y 417 del CPP; y si bien denuncia la vulneración al debido proceso, sin embargo -como se dijo- no identifica que parte o fundamento de la resolución impugnada vía casación restringió dicho derecho, garantía y principio; omisión que imposibilita materialmente que este Tribunal ingrese a conocer el fondo de este recurso y realizar la labor encomendada por el legislador, consiguientemente esa situación determina que este recurso devenga en inadmisible
- Por memorial presentado el 1 de febrero de 2016, cursante de fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen el siguiente agravio
- El art
- En este contexto, el art
- I
- II Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- III
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que la recurrente acusa Nulidad procesal
- Al respecto, es preciso recordar al impugnante que, conforme lo ampliamente establecido en el capítulo
- Por otra parte, también debe tener presente que el recurso de casación, en materia penal
- En el caso de Autos, se tiene que en lo absoluto la recurrente señala alguna
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
