Auto Supremo AS/0261/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0261/2016-RA

Fecha: 21-Mar-2016

En cuanto a la invocación del Auto Supremo 111/2007 de 31 de enero, el mismo


IV.ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos, se establece que el 13 de octubre del 2015, la recurrente fue notificada con el Auto de Vista hoy impugnado y el día 20 del mismo mes y año, formuló recurso de casación; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que le otorga la ley, cumpliendo con el requisito temporal previsto por el art. 417 del CPP.

En el primer, segundo y tercer motivo de casación, la recurrente a tiempo de denunciar: i) Falta de fundamentación e inobservancia del principio de legalidad, ii) Revalorización de la prueba, y iii) Incongruencia omisiva; cumplió con la carga procesal de invocar como precedentes contradictorios los Autos Supremos 85/2012 de 4 de mayo de 2012, 394/2014-RRC de 18 de agosto de 2014, 53/2012 de 22 de marzo de 2012, 394/2014-RRC de 18 de agosto y 297/2012-RRC de 20 de noviembre; señalando en términos precisos en que conste la supuesta contradicción entre éstos y los motivos traídos en casación, correspondiendo declarar la admisibilidad de los tres motivos de casación por cumplimiento de los arts. 416 y 417 del CPP.

En cuanto a la invocación del Auto Supremo 111/2007 de 31 de enero, el mismo no será considerado a tiempo de resolver el tercer motivo de casación, toda vez que la recurrente no cumplió con la carga procesal de explicar en términos precisos y claros, cuál sería la contradicción entre éste y el motivo alegado en casación