Auto Supremo AS/0080/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2016

Fecha: 07-Abr-2016

POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo

En virtud a lo expresado, se concluye que no son evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación, por lo que corresponde dar aplicación a la disposición contenida en los arts. 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de la permisión de la norma remisiva del art. 252 del CPT.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional Boliviano, con la facultad conferida por los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la LOJ, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 103 a 106. Con costas