Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no ha cumplido los
Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no ha cumplido los requisitos enumerados el art. 258.2 del CPC, pese a citar disposiciones legales, no precisó de qué manera fueron presuntamente infringidas o aplicadas falsa o erróneamente, simplemente realizó un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, señalando en su petitorio que recurre de nulidad al ”…ilegal Auto de fecha de 24 de enero de 2015…”, que según el recurrente carece de fondo en su contenido al confirmar la sentencia de primera instancia, sin embargo, de forma contradictoria, más adelante solicita que “… se anule el mismo hasta fs. cero, que es la demanda…”, con el fundamento que se dio cumplimiento al art. 236 del CPT, hecho que demuestra la impericia en el planteamiento del recurso
- Sucre, 07 de abril de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.289/2015
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por la representante legal de la empresa recurrente cursante
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad, interpuesto por la representante legal de la empresa
- En tal sentido sostuvo que la actora fungía como abogada externa, sin cumplir horario laboral
- Que la juez a quo y el tribunal ad quem no tomaron en cuenta que,
- Que, la demandante dejó en evidencia la mentira que transcribió ante la Inspectora del Trabajo
- Concluyó solicitando que anule obrados hasta fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme estableció la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, el recurso
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no ha cumplido los
- En este sentido, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
