Que, la demandante dejó en evidencia la mentira que transcribió ante la Inspectora del Trabajo
Que, la demandante dejó en evidencia la mentira que transcribió ante la Inspectora del Trabajo que su haber mensual era de Bs. 7.000.- (siete mil 00/100 bolivianos), olvidando que en su demanda, presentó un certificado de trabajo fraguado y la juez a quo no valoró ese falso testimonio, quedando claro que la resolución recurrida, quebrantó la forma de un auto de vista y no cumplió con el tecnicismo jurídico que permita tener un fallo indubitable y claro, ya que no se tomaron la molestia de analizar el petitorio contenido en el recurso de apelación
- Sucre, 07 de abril de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.289/2015
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y
- En grado de apelación formulada por la representante legal de la empresa recurrente cursante
- Dicho fallo motivó el recurso de nulidad, interpuesto por la representante legal de la empresa
- En tal sentido sostuvo que la actora fungía como abogada externa, sin cumplir horario laboral
- Que la juez a quo y el tribunal ad quem no tomaron en cuenta que,
- Que, la demandante dejó en evidencia la mentira que transcribió ante la Inspectora del Trabajo
- Concluyó solicitando que anule obrados hasta fs
- CONSIDERANDO II: Que, conforme estableció la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, el recurso
- Que, de la revisión del recurso, se colige que la recurrente no ha cumplido los
- En este sentido, conforme establece la doctrina y jurisprudencia, el recurso de casación en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
